Santo
Domingo: 6 de febrero del año 2015. El ciudadano dominicano Félix
Callo Marcel, nativo del municipio de Yamasá, en la comunidad Batey
Los Jovillos, el mismo lugar de nacimiento de la señora Juliana
Deguis Pierre, vivió el pasado lunes 2 de febrero, momentos de mucha
angustia y desesperación al impedírsele retornar a su lugar de
origen desde el municipio cabecera de la Provincia de San Juan de la
Maguana.
Callo
Marcel, viajó a la provincia de San Juan de la Maguana el miércoles
28 de enero para participar en una Campaña de evangelización que
desarrollaría la Iglesia Fuente Salvación Eterna, ubicada en el
municipio de Juan de Herrera, de la indicada provincia, que dirige el
Pastor Herson Alcántara.
El
lunes 2 de febrero, el Joven Callo Marcel, intentó regresar a Santo
Domingo para dirigirse a su comunidad natal de Los Jovillos del
Municipio de Yamasá, encontrándose con la sorpresa de que ninguna
de las compañías de transporte que cubre la ruta San Juan-Santo
Domingo, le permitiera el abordaje de sus vehículos, como si el
padeciera de una enfermedad infectocontagiosa; para su sorpresa,
resulta que el si está enfermo y su enfermedad es el “color
de negro su piel”.
La
mayor frustración la recibió en la empresa de transporte Caribe
Tours, cuando por intermedio de un amigo, Félix logró comprar un
ticket de viaje de esta empresa de transporte; pero cuando se
presento al área de abordaje de vehículos, los controladores de
Caribe Tours, les advirtieron en tono enfático que si abordaba el
vehículo iba a terne serios problemas. Los alegatos de las gentes de
Caribe Tours, fue que Callo Marcel no tenia documentos y que él es
un haitiano; sin embargo este joven, está debidamente documentado
desde su nacimiento. El es el titular del acta de nacimiento
Inscrito en el libro Registro 00316,
de DECLARACION OPORTUNA, Acta No. 0016, Folio No.0016 del año 1994;
de la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de
Yamasá, provincia de Monte Plata, donde se especifica que él nació
en fecha 10/01/1994 y además se hace constar que él es hijo de los
señores Lebuatan CALLO (F.3855) y Litina MARCEL (F.26925),
su caso está siendo ventilado por la 2da. Sala del Tribunal Superior
Administrativo en una Acción de Amparo de Cumplimiento, incoado a
favor de más de 150 personas cuyos documentos son retenidos por la
Junta Central Electoral, en violación de la Ley 169-14, 659-1944, el
Código Civil de la República Dominicana, consecuentemente, debemos
de concluir que Félix
Callo Marcel,
es un ciudadano dominicano, mayor de edad, debidamente documentado,
quien no porta la cédula de identidad y electoral, por la actitud
discriminatoria y xenófoba y violatoria la Constitución y leyes
adjetivas de Rep. Dominicana por la Junta Central Electoral (JCE), en
la persona de su presidente Dr. Roberto Rosario Márquez.
Caribe
Tours le vendió un Ticket, pero le impidió abordar el medio de
transporte:
La
empresa Caribe Tours, cometió un acto de Discriminación Racial que
deviene en violación a la constitución de la República Dominicana,
Tratados, Pactos y Convenios internacionales que prohíben actos de
esta naturaleza, las cuales están penalmente sancionado por la
legislación dominicana. Esta empresa de transporte, adoptó la
actitud de no venderle el boleto de viaje Callo Marcel, teniendo como
argumento su perfil racial y la sonoridad de sus apellidos de origen
haitiano y luego que este se proveyó de dicho boleto, le impidió
abordar el vehículo bajo amenazas de tendía serios “problemas”
si insistía, comportamiento parecido no lo hace esta empresa en
contra de ningún otro ciudadano de este país, por lo que esta
actitud de Caribe Tours en contra del señor Callo Marcel deviene en
un acto de discriminación racial inaceptable. El afectado cumplió
ampliamente con el requisito exigible para abordar el medio de
transporte, que es tener un Boleto Valido, emitido por la empresa, en
su caso les fue vendido el Boleto
No. 547009, por el monto de dos cientos sesenta pesos (RD$ 260.00),
transacción operada por el Cajero Félix Báez, quien se encargo
personalmente de impedir que Callo Marcel, abordara el vehículo que
lo trasladaría e Santo Domingo. La venta del boleto se produjo a la
01:32 PM, la salida estaba pactada para 01:45 PM, del día
02-02-2015, el autobús de la empresa F-974, Ruta 026, que cubre San
Juan – Santo Domingo.
Fue
apresado y se le cuestiono la idoneidad de su acta de nacimiento:
No
conforme con los atropellos que hemos narrados anteriormente, las
personas al servicio de Caribe Tours, llamaron a efectivos del
Ejército Dominicano, destacados en la Guarnición Militar de San
Juan de la Maguana, quienes procedieron a detener al señor Félix
Callo Marcel y conducirlo a la fortaleza, advirtiéndole que sería
deportado hacia Haití. Una vez enterado de su situación, abogados
que le asiste ante los tribunales en el proceso que procura que les
sea expedido sus documentos de identidad, se pusieron en contacto con
la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y de inmediato activó
su dependencia destacada en la ciudad de San Juan de la Maguana y
apoderaron al señor Ariel
de la situación, quien de inmediato se trasladó a la fortaleza e
inició las gestiones para poner en libertad a Callo Marcel.
En
la fortaleza les fue cuestionada la idoneidad del acta de nacimiento
que portaba Callo Marcel, por lo que sus abogados debieron hacer
ingentes esfuerzos, para convencer a los militares que se obtuvieran
de expulsar del país al detenido. Finalmente luego de comprobar, la
idoneidad del documento, los militares accedieron a poner al
detenido en libertad.
Una
delegación de abogados fue a su rescate:
Ante
la grave situación por la que estaba atravesando el ciudadano Félix
Callo Marcel, una delegación de abogados de la Comisión Nacional de
los Derechos Humanos (CNDH) y del Equipo Legal de la Red de Encuentro
Dominico Haitiano, Jacques Viau (REDH), integrados por los doctores
Manuel María Mercedes Medina, Genaro Rincón y el Lic. Manuel de
Jesús Dandre y el activista de DDHH Elieser, viajaron el día 2 de
febrero a la ciudad de San Juan de la Maguana, para acompañar al
afectado en su retorno a la ciudad de Santo Domingo, diligencia que
se logro, sin ningún contratiempo. El joven Callo Marcel, forma
parte de un proceso “acción
de amparo de cumplimiento”
abierto ante la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, a
través de dicha acción, se está exigiendo a la JCE que de
cumplimiento a lo que establece la Ley 169-14 y devuelva los
documentos de identidad (actas de nacimiento y cedula de identidad y
electoral) a sus legítimos dueños tal como preceptúa la indicada
norma legal.
En
conclusión:
Lo
analizado en párrafos anteriores, se puede apreciar que varios
derechos fundamentales del joven Félix Callo Marcel fueron
violentados, destacándose sobre todo el derecho a circular
libremente por el territorio dominicano, en su calidad de ciudadano
del país.
Lo
que le paso al señor Félix
Callo Marcel, es un hecho
característico de la discriminación racial y xenofobia
anti-haitiana que se practica en la República Dominicana, en contra
de un segmento especifico de la población. El hecho del que en la
República Dominicana existe
una resistencia para que se “asegure la nacionalidad a todos los
individuos nacidos antes de la Constitución de 2010 y afectados por
la decisión del Tribunal Constitucional”, es un indicativo del
nivel de inseguridad que pende sobre las personas afectadas.
“Que
se plantee la expulsión de un individuo nacido en el territorio
dominicano, que porta documento de identidad, sin que su caso sea
decidido por un tribunal competente, debe llenar de preocupación a
sociedad dominicana en su conjunto”. Lo que evidencia que cuestión
de la nacionalidad, es una materia pendiente en la República
Dominicana para las personas de origen haitiana.
Actitudes
como la exhibida por la Empresa Caribe Tours, que llegó al extremo
de involucrar a miembros del ejército dominicano, es un claro
indicativo de la persistente discriminación y los estereotipos,
violencia
social, etc., que afecta a personas dominicanas de ambos sexo con
ascendencia haitiana.
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