Lucha por Loma Miranda Parque Nacional

sábado, 29 de noviembre de 2014

FIDH y CNDH rechazan decisión del Tribunal Constitucional dominicano de declarar inconstitucional instrumento de la Corte IDH

COMUNICADO CONJUNTO FIDH Y CNDH 

La FIDH y la CNDH lamentan profundamente la decisión No. 256-14 del Tribunal Constitucional de la República Dominicana de declarar como inconstitucional el instrumento de aceptación de la competencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (Corte IDH).

“Lanzamos un llamado al Estado de República Dominicana para que respete y se haga garante de los tratados internacionales en temas de protección y defensa de los derechos humanos y a que acate la reciente sentencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.” señaló Karim Lahidji, Presidente de la FIDH.

Las organizaciones consideran que la sentencia No. 256-14 constituye un grave retroceso jurídico que pone en serio peligro la protección internacional ante graves violaciones de los derechos humanos de todos los dominicanos y de los haitianos bajo la jurisdicción de República Dominicana, y que pone el país de espaldas a la comunidad internacional, al sistema interamericano de protección de los derechos humanos y a su misma Constitución ya que la misma en su el Art. 74, numeral 3, declara que: “Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos suscritos y ratificados por el Estado dominicano tienen jerarquía constitucional y son de aplicación directa e inmediata por los tribunales y demás órganos del Estado”.

La FIDH y la CNDH denuncian la instrumentalización del sistema judicial dominicano para eludir el acatamiento de las decisiones de la Corte IDH. No parece ser una coincidencia el hecho que la decisión de inconstitucionalidad se produzca justo días después que el Gobierno dominicano hizo pública su decisión de rechazar la sentencia de la Corte IDH, en el caso de “Personas Dominicanas y Haitianas Expulsadas vs. República Dominicana”, que condenaba el retiro de la nacionalidad a dominicanos de origen haitiano, siendo que el proceso de inconstitucionalidad comenzó hace 9 años.

Recordamos que la República Dominicana ha firmado la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos el 09/07/1977 y la ha ratificado el 01/21/1977 mediante Resolución del Congreso Nacional No. 739 del 25 de diciembre de 1977, publicada en la Gaceta Oficial 6461 del 18 de febrero de 1978. Ha depositado el instrumento de aceptación de la Corte IDH en la Organización de los Estados Americanos (OEA), el 25 de marzo de 1999.

Los tratados internacionales en temas de derechos humanos representan paradigmas absolutos que expresan valores y principios comunes superiores que no pueden estar por su misma naturaleza, sujetos a la libre voluntad de los Estados, después que han sido por estos voluntariamente firmados y ratificados, como ha hecho la República Dominicana con la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos.





jueves, 27 de noviembre de 2014

Derechos humanos para todos y todas (documento firmado por organizaciones)



Derechos humanos  PARA TODOS Y TODAS

Descarga aqui el documento en PDF 
El 4 de noviembre del 2014, el Tribunal Constitucional declaró contrario a la Constitución el documento de aceptación que permite que el Estado dominicano pueda ser sometido por violación de los derechos humanos de las personas en su territorio, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por violación a la Convención Americana de Derechos Humanos..

La Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) es un convenio internacional donde los Estados se comprometen a respetar y a garantizar los derechos y libertades, así como al disfrute y pleno ejercicio a toda persona en su territorio.

Para que la República Dominicana estuviera bajo los efectos de la CADH se hizo necesario que el Congreso Nacional la aprobara y que el Poder Ejecutivo la promulgara y publicara; lo cual se cumplió promulgando la ley el 25 de diciembre de 1977 y publicándola en la Gaceta Oficial No. 9460 del 18 de febrero de 1978. A partir de entonces, el Estado dominicano se obliga frente a la Convención a cumplir y a hacer cumplir su contenido. Esta obligación se extiende, además, a todas las personas, servidores y órganos públicos.

Para conocer el cumplimiento de los compromisos asumidos por los Estados, y para que la Convención pueda ser efectiva y no se convierta en “letra muerta” o “un pedazo de papel”, se crean dos órganos: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). La Comisión promueve una cultura de respeto y da seguimiento a la divulgación de los derechos humanos, prepara informes sobre las conductas de los Estados respecto a los derechos de las personas, monitorea el cumplimiento por parte de los Estados a través de denuncias y de informes sobre los compromisos asumidos en la Convención, recibe peticiones sobre violaciones por parte de los Estados y las procesa ante la Corte. La Corte conoce los casos sometidos por la Comisión y por los Estados, y verifica en base a la Convención si el Estado ha violado o no los derechos humanos de las personas en su territorio.

Para que un Estado pueda ser sometido ante la Corte IDH, la Convención establece que es necesario que éste reconozca libre y voluntariamente que se acepta la competencia de la Corte. El Estado dominicano reconoció, 21 años después, mediante comunicación del presidente Leonel Fernández Reyna en fecha 25 de febrero de 1999, que “El Gobierno de la República Dominicana por medio del presente Instrumento, declara que reconoce como obligatoria de pleno derecho y sin convención especial, la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre todos los casos relativos a la interpretación o aplicación de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, del 22 de noviembre de 1969”, cumpliendo con el art. 62 de la Convención.

Desde entonces hemos asistido, denunciantes y Estado, tanto ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) a través de solicitudes de protección, denuncias de violaciones y sometimiento de casos. Además se han redactado informes y la Comisión ha realizado 71 visitas a la República Dominicana autorizadas por el Estado, para verificar la situación de los derechos humanos, así como se designó una dominicana como Jueza de la Corte IDH, postulada por el Estado dominicano.

1 1961, 1963, 1965, 1966, 1991, 1997 y 2013

En vista de que fueron agotadas todas las diligencias para que los poderes del Estado fueran efectivos y reconocieran violaciones de derechos de las personas, el Estado dominicano fue denunciado por violaciones a la Convención; la Comisión remitió 4 casos a la Corte IDH y el Estado dominicano fue declarado responsable de violar los derechos humanos reconocidos en la Convención: 1) Las Niñas Yean y Bosico, 2) Profesor universitario Narciso González, 3) Nadege Dorzema, y 4) personas y familias dominicanas y haitianas expulsadas del territorio dominicano.

Ante una solicitud en el año 2005 para que se declarara contrario a la Constitución el documento suscrito por el presidente Leonel Fernández en representación del Estado dominicano, que aceptó la competencia de la Corte IDH, el Tribunal Constitucional en su decisión del 4 de noviembre del 2014, declaró contrario a la Constitución dicho documento de aceptación que permite que el Estado dominicano pueda ser sometido por violación de los derechos de las personas en su territorio, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) por violación a la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH). El argumento del Tribunal Constitucional es que el documento debió ser sometido ante el Congreso Nacional porque implicaba compromisos para el Estado dominicano y porque corresponde al Congreso Nacional aprobar o desaprobar tratados y convenios internacionales.

Frente a ésta decisión, las organizaciones de derechos humanos manifiestan su preocupación sobre la interpretación hecha por el Tribunal Constitucional, en vista de que el documento que acepta la intervención de la Corte no es un tratado internacional, sino un documento emitido como consecuencia de la Convención Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que fue aprobada por el Congreso Nacional. El Tribunal Constitucional, máximo intérprete de la Constitución ha colocado a la República Dominicana como un Estado que no cumple con sus compromisos internacionales e incoherente con su propia conducta ante la Convención, particularmente cuando las decisiones de la Corte le han sido desfavorable y han criticado al propio Tribunal Constitucional.

Ante la decisión del Tribunal Constitucional, los derechos humanos se encuentran amenazados en vez de ser protegidos, y cualquier manifestación del Estado dominicano de no acatar las sentencias de la Corte o de separarse de la Convención, surtiría un efecto negativo para la garantía y protección de los derechos humanos, muy en particular cuando no contamos con un sistema de justicia independiente, un Congreso Nacional intervenido y un Tribunal Constitucional alejado de su misión para “la defensa y protección de los derechos fundamentales”. Además, de colocar la imagen del país a nivel internacional como un Estado que no respeta ni garantiza los derechos humanos de las personas en su territorio, lo que implica efectos negativos en el orden económico y de la cooperación internacional. En consecuencia, esta situación afecta a todos y a todas las personas y pone los derechos humanos en riesgo.

ORGANIZACIONES FIRMANTES Asociación Scalabriniana al Servicio de la Movilidad Humana (ASCALA) Diversidad Dominicana Foro Feminista Consejo Latinoamericano de Estudiosos de Derecho Internacional y Comparado (COLADIC Capitulo República Dominicana) Colectiva Mujer y Salud Red de Voluntarios de Amigos Siempre Amigos (REVASA) Comisión Justicia y Paz de la Conferencia Dominicana de Religiosos Centro de Asesoría e Investigaciones Legales (CEDAIL) Coalición LGBT Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM-RD) Coordinadora Lésbica y de Hombres Trans RD -COLEHT- Centro de Asesoría e Investigaciones Legales (CEDAIL) Centro de Formación Social y Agraria (CEFASA) Centro de Desarrollo Sostenible (CEDESO) Centro de Investigación para la Acción Femenina (CIPAF) Centro Cultural Dominico- Haitiano (CCDH) Centro de Orientación e Investigación Integral (COIN) Centro Bonó Fundación Étnica Integral (FEI) Movimiento de Mujeres Dominico- Haitianas (MUDHA) Movimiento Reconoci.do Observatorio de Derechos Humanos para Grupos Vulnerabilizados (ODHGV) Centro para la Observación Migratoria y el Desarrollo en el Caribe (OBMICA) Plataforma Dominican@s por Derecho Núcleo de Apoyo a la Mujer (NAM) Red de Encuentro Jacques Viau Movimiento Socio Cultural para Trabajadores Haitianos (MOSCTHA) Red Fronteriza Jano Sikse Solidaridad Fronteriza Transsa Dominicana Mesa nacional para las Migraciones y refugiados en República Dominicana (MENAMIRD) Fundación Comunidad Esperanza y Justicia Internacional (FUNCEJIL) Servicio Jesuita a Migrantes Jimani Plataforma Dominicana de Afrodescendientes Fuerza Laboral Alas de Igualdad Juventud Caribe

En el día de la no violencia contra la mujer pedimos al presidente Medina no promulgar la reforma al Código Penal


NOTA DE PRENSA


EN EL DÍA DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER LA CNDH PIDE AL PRESIDENTE DANILO MEDINA NO PROMULGAR LA NUEVA REFORMA AL CÓDIGO PENAL.

La CNDH pide al presidente de la República Licdo. Danilo Medina la no promulgación de la reforma introducida por el Congreso al Código Penal, puesto que la misma viola los derechos humanos fundamentales y entre ellos de forma muy específica los derechos de las niñas y mujeres dominicanas.

sábado, 22 de noviembre de 2014

La desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa es crimen de Estado según CNDH



Fuente: Noticias SIN 
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Diversas organizaciones de la vida nacional acudieron la mañana de este jueves ante la embajada de México para exigir que se haga justicia por la desaparición de los 43 estudiantes en esa nación.
Entre las organizaciones están: Movimiento Izquierda Unida, Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Comité de Familiares de Víctimas de Ejecuciones Extrajudiciales y Desapariciones Forzadas.

Los movimientos entregaron un documento al embajador de México en el país, el cual se busca que sea remitido al presidente Enrique Peña Nieto para que haga una investigación justa en base a la desaparición de los estudiantes.

El Código Penal pone en peligro a mujeres y niñas señala Amnistía Internacional

AU: 293/14 Índice: AMR 27/016/2014 República Dominicana Fecha: 19 de noviembre de 2014

ACCIÓN URGENTE


UNA REFORMA PROPUESTA PONE EN PELIGRO A MUJERES Y NIÑAS


El 18 de noviembre, el Congreso dominicano aprobó una reforma integral del Código Penal que mantiene la penalización total del aborto. Corresponde ahora al presidente de la República promulgarla. Si se promulga, esta reforma violará los derechos de mujeres y niñas.

En junio de 2013, la Cámara de Diputados del Congreso dominicano aprobó un borrador de reforma del Código Penal que introducía una excepción a la prohibición total del aborto en el país en casos en los que pudiera invocarse un "estado de necesidad". Esto permitía despenalizar el aborto cuando la vida de la madre corriera peligro a causa del embarazo. Sin embargo, en julio de 2014, tras las presiones de la Iglesia Católica, el Senado eliminó esta disposición. El 18 de noviembre, la Cámara de Diputados aprobó la versión aprobada por el Senado en julio.

La versión final aprobada mantiene las penas de entre dos y tres años de prisión para todas las mujeres que se sometan a un aborto y para todas las personas que cooperen en la interrupción del embarazo. El personal médico y farmacéutico que facilite un aborto o ayude a practicarlo será castigado también con una pena de entre cuatro y diez años de prisión. Si una mujer muere a consecuencia de un aborto, la pena contra quienes lo hayan facilitado o hayan ayudado a practicarlo aumenta a entre 20 y 30 años.

La criminalización del aborto en todas las circunstancias, tal como se mantiene en la nueva legislación, viola el derecho de las mujeres a la vida y la salud y su derecho a no sufrir discriminación ni ser sometidas a tortura o malos tratos, y por tanto es contraria a las obligaciones internacionales contraídas por la República Dominicana en materia de derechos humanos.

Escriban inmediatamente, en español o en su propio idioma:

- instando al presidente de la República a no promulgar la reforma aprobada del Código Penal;

- expresando honda preocupación por el hecho de que las mujeres y niñas de la República Dominicana corren peligro de que esta ley viole su derecho a la vida y la salud y su derecho a no sufrir discriminación ni ser sometidas a tortura o malos tratos;

- pidiendo al presidente que garantice el acceso al aborto en la ley y en la práctica, como mínimo en los casos en los que el embarazo entrañe un riesgo para la salud física o mental de la mujer o niña, cuando el feto no pueda sobrevivir fuera del útero y cuando el embarazo sea consecuencia de violación o de incesto.

ENVÍEN LLAMAMIENTOS ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 A:

Presidente de la República

Danilo Medina

Palacio Nacional

Avenida México esquina Doctor Delgado

Gazcue, Santo Domingo

República Dominicana

Fax: +1809 682 0827

Correo-e: prensa2@presidencia.gob.do

Twitter: @PresidenciaRD

Tratamiento: Señor Presidente

Y copia a:

Colectiva Mujer y Salud

ciudadaniaactivadelasmujeres@gmail.com

Envíen también copias a la representación diplomática acreditada en su país. Inserten a continuación las direcciones de las sedes diplomáticas locales:

Nombre Dirección 1 Dirección 2 Dirección 3 Fax Número de fax Correo-e Dirección de correo-e Tratamiento Tratamiento

Consulten con la oficina de su Sección si van a enviar los llamamientos después de la fecha indicada.

ACCIÓN URGENTE ACCIÓN URGENTE ACCIÓN URGENTE

Una reforma propuesta pone en peligro a mujeres y niñas

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

La reforma integral del Código Penal lleva ya varios años en marcha. En virtud del Código Penal actualmente vigente, las mujeres que tratan de obtener servicios de aborto y quienes prestan estos servicios se exponen a sanciones penales, sin que se tengan en cuenta las circunstancias en las que se trató de obtener o se practicó el aborto. En 2010 entró en vigor una nueva Constitución cuyo artículo 37 proclama la inviolabilidad del derecho a la vida "desde la concepción hasta la muerte".

La criminalización del aborto tiene un serio impacto en los derechos de las mujeres, incluidos su derecho a la vida y a la salud, su derecho a no sufrir tortura y otros malos tratos y su derecho a no sufrir discriminación. Por ejemplo, en agosto de 2012, Rosaura, de 16 años y con leucemia, murió a causa de las complicaciones derivadas de un aborto espontáneo. Se le había impedido someterse a un aborto terapéutico –tal como recomendaban diversos profesionales de la salud– porque era contrario a la ley. Además, su tratamiento de quimioterapia se había retrasado, ya que a los médicos les preocupaba que dañara al feto.

Los datos demuestran que la prohibición total del aborto no reduce el número de abortos, sino que incrementa el riesgo de que la mujer muera a causa de abortos ilegales e inseguros. La Organización Mundial de la Salud ha advertido de que las leyes de aborto restrictivas ponen a las mujeres y niñas que viven en la pobreza, y a las que viven en zonas rurales y más aisladas, en un riesgo especial de sufrir abortos inseguros. La penalización del aborto en todas las circunstancias disuade a las mujeres de buscar atención médica y crea un "efecto amedrentador" en el personal médico, que tiene miedo de proporcionar tratamiento que podría salvar la vida a mujeres cuya vida o salud corre peligro a causa del embarazo, o que sufren complicaciones derivadas de un aborto inseguro.

En el examen periódico universal que concluyó en junio de 2014, la República Dominicana adoptó recomendaciones dirigidas a garantizar la implementación efectiva del plan estratégico nacional para reducir la mortalidad materna, pero rechazó las que pedían que se despenalizara el aborto en los casos de incesto y violación y se garantizara el pleno reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos.

AU: 293/14 Índice: AMR 27/016/2014 Fecha de emisión: 19 de noviembre de 2014



jueves, 20 de noviembre de 2014

Carta de la CNDH a Enrique Peña Nieto sobre Ayotzinapa

Al presidente de los Estados Unidos Mexicanos
Enrique Peña Nieto
Ciudad de México D.F.

Vía Excelentísimo Embajador en la República Dominicana
José Ignacio Piña Rojas
Santo Domingo

Asunto: Desaparición forzada de los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el Comité de Familiares de Víctimas de Ejecuciones Extrajudiciales y Desapariciones Forzadas de la Republica Dominicana y el  Bloque Popular  deseamos  expresar  nuestra profunda indignación frente al horroroso hecho con el que la  Policía Municipal de Iguala, en conjunto con  actores del crimen organizado, han  perseguido y asesinado 6 estudiantes de la escuela Normal Rural de Ayotzinapa, heridos otros 25 y finalmente desaparecidos  43 de ellos.

lunes, 17 de noviembre de 2014

Coalición organizaciones de la sociedad civil rechazan sentencia 256-14

Eventual salida de la Corte-IDH afectaría a toda la población
NOTA DE PRENSA COALICIÓN DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL

Martes 11 de Noviembre de 2014
Colegio Dominicano de Periodistas

Por constituir un retroceso institucional y jurídico que lesiona el carácter progresivo e irreversible de los derechos humanos, las organizaciones de la sociedad civil dominicana abajo firmantes rechazamos categóricamente la sentencia 256/14 emitida por el Tribunal Constitucional de República Dominicana, mediante la cual se declara inconstitucional el instrumento de aceptación de la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH). 
 
Los suscritos demandamos del Estado dominicano refrendar su compromiso con los derechos humanos y los acuerdos voluntariamente contraídos con la comunidad internacional en esa materia, permaneciendo como hasta ahora en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y los mecanismos que forman parte del mismo.​​​​​​​​​​​​ 

Vemos con alarma como nueva vez el TC violenta con sus decisiones la Constitución Dominicana que tiene por misión esencial defender, evidenciando además un preocupante desconocimiento de los principios elementales del derecho internacional y su propia jurisprudencia.
 
Al pretender limitar el acceso a los mecanismos regionales que garantizan la protección de los derechos humanos, el TC aísla a la ciudadanía de la comunidad internacional, interfiere con el principio de vinculación de los tratados, la continuidad del Estado y emprende un peligroso camino que haría más vulnerable al abuso a cada ciudadano/a, nacional o extranjero, que habita en República Dominicana ante las arbitrariedades del Estado dominicano y sus agentes.
 
Hacemos un llamado a todos los poderes del Estado a valorar las implicaciones políticas, económicas y sobre el ejercicio de los derechos humanos que conlleva el desacato de las sentencias dictadas por la Corte-IDH, como lo sugiere el TC en su fallo al indicar que nunca ha sido competente para conocer los casos relativos a las violaciones de derechos contenidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos por parte de la República Dominicana. 

Ya se ha advertido que para abandonar la jurisdicción de la Corte no basta con impugnar el instrumento mediante el cual el Estado aceptó dicha competencia, sino que dicho Estado debe retirarse de la Convención Americana como tratado de derechos humanos en su totalidad. Si el Poder Ejecutivo, como consecuencia de lo dispuesto por la sentencia TC/0256/14 denunciara la Convención Americana sobre Derechos Humanos, base del mandato de la CorteIDH, desconocería derechos que ya han sido reconocidos internacionalmente a toda persona en la República Dominicana, y a la vez cerraría una importante vía jurídica para demandar justicia una vez agotadas las instancias de reclamo internas, contraviniendo así el Estado social, democrático y de derecho establecido en la Constitución.

Desvincular al país de los órganos que velan por la aplicación de los tratados fundamentales de derechos humanos es incentivar la impunidad, es negar justicia al desaparecido periodista dominicano Narciso González, a las víctimas de desapariciones forzosas y los cientos de personas detenidas, golpeadas o asesinadas por policías y militares en alegados intercambios de disparos. 

El veredicto del TC es prueba fehaciente de la dificultad que tienen los ciudadanos/as dominicanos de requerir el cumplimiento de la ley a las instancias que administran justicia en el país cuando el infractor es el propio Estado, lo que intensifica la situación de vulnerabilidad de mujeres afectadas por violencia de género, así como de familiares que reclaman condenas en los casos de feminicidios; Niños y niñas víctimas de abuso sexual y otras formas de violencia; Personas que viven con VIH que son discriminadas y no reciben tratamiento adecuado; Personas excluidas por sus capacidades diferenciadas, creencias, raza, orientación sexual, situación económica o condición de salud; Empresarios, campesinos, trabajadores, periodistas, estudiantes, políticos, sindicalistas y funcionarios públicos cuyos derechos hayan sido vulnerados o no garantizados por el Estado.

Las organizaciones de la sociedad civil aquí representadas, ratificamos nuestra firme decisión de mantenernos vigilantes para evitar se vulneren las garantías del ejercicio pleno de los DDHH en el país.
Exhortamos a cada ciudadano/a estar alerta frente al retroceso jurídico y político que significa un eventual desconocimiento de la competencia contenciosa de la Corte-IDH sobre la base de una decisión insensata con la que el TC vuelve a colocarnos en el ojo del huracán, enviando a la comunidad internacional un negativo mensaje sobre República Dominicana como un país irrespetuoso de los compromisos asumidos, los derechos adquiridos y la dignidad de sus ciudadanos/as.


ORGANIZACIONES FIRMANTES
1. Asociación Scalabriniana al Servicio de la Movilidad Humana (ASCALA)
2. Diversidad Dominicana
3. Foro Feminista
4. Consejo Latinoamericano de Estudiosos de Derecho Internacional y Comparado (COLADIC)
5. Colectiva Mujer y Salud
6. Red de Voluntarios de Amigos Siempre Amigos (REVASA)
7. Comisión Justicia y Paz de la Conferencia Dominicana de Religiosos
8. Centro de Asesoría e Investigaciones Legales (CEDAIL)
9. Coalición LGBT
10. Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)
11. Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM-RD)
12. Coordinadora Lésbica y de Hombres Trans RD -COLEHT-
13. Centro de Asesoría e Investigaciones Legales (CEDAIL)
14. Centro de Formación Social y Agraria (CEFASA)
15. Centro de Desarrollo Sostenible (CEDESO)
16. Centro de Investigación para la Acción Femenina (CIPAF)
17. Centro Cultural Dominico- Haitiano (CCDH)
18. Centro de Orientación e Investigación Integral (COIN)
19. Centro Bonó
20. Fundación Étnica Integral (FEI)
21. Movimiento de Mujeres Dominico- Haitianas (MUDHA)
22. Movimiento Reconoci.do
23. Observatorio de Derechos Humanos para Grupos Vulnerabilizados (ODHGV)
24. Centro para la Observación Migratoria y el Desarrollo en el Caribe (OBMICA)
25. Plataforma Dominican@s por Derecho
26. Núcleo de Apoyo a la Mujer (NAM)
27. Red de Encuentro Jacques Viau
28. Movimiento Socio Cultural para Trabajadores Haitianos (MOSCTHA)
29. Red Fronteriza Jano Sikse
30. Solidaridad Fronteriza
31. Transsa Dominicana
32. Mesa nacional para las Migraciones y refugiados en República Dominicana (MENAMIRD)
33. Fundación Comunidad Esperanza y Justicia Internacional (FUNCEJIL)
34. Servicio Jesuita a Migrantes Jimani
35. Plataforma Dominicana de Afrodescendientes
36. Fuerza Laboral

52 organizaciones del continente condenan sentencia del Tribunal Constitucional de República Dominicana

PRONUNCIAMIENTO DE LA COALICIÓN INTERNACIONAL DE ORGANIZACIONES POR

LOS DERECHOS HUMANOS EN LAS AMÉRICAS


11 de noviembre de 2014

Las organizaciones abajo firmantes, integrantes de la Coalición Internacional de Organizaciones por los Derechos Humanos en las Américas y organizaciones aliadas, condenamos la sentencia TC-0256-14 del Tribunal Constitucional de la República Dominicana, un fallo que declara inconstitucional el instrumento de aceptación de competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), debidamente depositado por dicho país en la Organización de los Estados Americanos (OEA) el 25 de marzo de 1999.

Enfatizamos que —tal como determinó la Comisión Interamericana de Derechos Humanos—dicha sentencia, emitida el pasado 4 de noviembre de 2014, carece de sustento en el derecho internacional y, por tanto, no deberá surtir efectos.

domingo, 9 de noviembre de 2014

Centro Robert F. Kennedy condena sentencia Tribunal Constitucional

Sentencia del Tribunal Constitucional de la República Dominicana amenaza el acceso a la justicia internacional para víctimas de violaciones de derechos humanos

(5 de noviembre de 2014 | Washington, D.C.) Kerry Kennedy y Santiago A. Canton, en representación del Centro Robert F. Kennedy para la Justicia y los Derechos Humanos (Centro RFK), condenan una sentencia del Tribunal Constitucional de la República Dominicana que invalida la aceptación por parte del Estado de la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Particularmente, expresan su preocupación por el impacto de la sentencia en el acceso a la justicia internacional de todos los dominicanos, incluso los miles de dominicanos de ascendencia haitiana que han buscado protección de parte de la comunidad internacional y el sistema interamericano de derechos humanos.

"El diálogo internacional sobre la situación de los más vulnerables en laRepública Dominicana le dio al Estado una oportunidad para demostrar liderazgo a nivel mundial en el campo de los derechos humanos. En lugar de ello, el Tribunal Constitucional no solo ha fallado en proteger tales derechos sino que pretende negar a todos los dominicanos la posibilidad de tener acceso a la justicia internacional para la protección de sus derechos fundamentales", dijo Kerry Kennedy, Presidenta del Centro Robert F. Kennedy. "El Tribunal Constitucional está jugando a la política a costa de la misma gente que está encargada de proteger".

Amnistía International: La retirada del principal tribunal regional de DD. HH. pondría en peligro los derechos de cientos de miles de personas

Nota de prensa 
6 de noviembre de 2014



La terrible sentencia del Tribunal Constitucional de la República Dominicana que podría dar lugar a que el país se retire de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, privaría, si el gobierno la respalda, de toda esperanza de justicia a cientos de miles de sobrevivientes de abusos contra los derechos humanos. Así lo ha manifestado Amnistía Internacional.

“Con esta última sentencia, el Tribunal Constitucional de la República Dominicana ha confirmado su falta de independencia e imparcialidad, y ha demostrado su sesgo político al defender intereses particulares”, ha manifestado Erika Guevara Rosas, directora del Programa para América de Amnistía Internacional.

“El privar a las personas de la oportunidad de hallar justicia en el extranjero cuando se les niega en su país no sólo resulta indignante, sino que supone además un inquietante paso atrás en el fortalecimiento del Estado de derecho en el país.”

La sentencia se ha producido tan sólo dos semanas después de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos fallara en contra de la decisión judicial de la República Dominicana que privaba discriminatoriamente de su nacionalidad a miles de personas dominicanas de ascendencia haitiana que viven en el país.

“En lugar de montar una pataleta por la sentencia de un tribunal internacional con la que no están de acuerdo, las autoridades dominicanas deberían centrar su energía en garantizar la protección de los derechos de todas las personas que viven en el país. El primer paso debe ser cumplir con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, ha manifestado Erika Guevara Rosas.

Si el presidente sanciona esta resolución, cientos de miles de víctimas de discriminación, homicidios policiales y otras violaciones de derechos humanos se quedarán sin vía jurídica alguna con la que reclamar justicia cuando no encuentren remedio en su país.

“Esta decisión muestra el total desinterés de la República Dominicana por sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, y sienta un precedente increíblemente peligroso para la protección de los derechos humanos de todas las personas en el país, especialmente las más vulnerables. El presidente Medina tiene ahora la oportunidad y la obligación de demostrar su liderazgo y garantizar que el Estado cumple sus obligaciones internacionales”, ha manifestado Erika Guevara Rosas.

El tribunal regional ordenó a la República Dominicana que revocara una sentencia dictada en septiembre de 2013 por el Tribunal Constitucional del país que privaba de manera retroactiva y arbitraria de su nacionalidad dominicana a miles de personas dominicanas de ascendencia haitiana, y las dejaba sin acceso a derechos fundamentales como el trabajo, la atención médica y la educación.

Amnistía Internacional insta a las autoridades de la República Dominicana a respetar sus obligaciones internacionales e implementar en su totalidad la reciente sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Información complementaria 

El 4 de noviembre, el Tribunal Constitucional dominicano alegó que, cuando el país se unió a la jurisdicción de la Corte Interamericana en 1999, lo había hecho sin respetar su propia Constitución. Ahora el gobierno debe indicar cuál es su postura respecto a esta decisión y qué consecuencias puede tener.

La promoción y protección de los derechos humanos de todas las personas, sin discriminación, es la piedra angular del Estado de derecho, y permite a los Estados garantizar que todas las personas pueden vivir con dignidad, independientemente de su género, raza, origen étnico o cualquier otra condición.

El sistema regional de derechos humanos –compuesto por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos– es un complemento necesario a los mecanismos nacionales de protección en toda América. A lo largo de los años, miles de víctimas y sus familiares en todo el continente lo han visto como su única oportunidad de obtener justicia después de que los sistemas nacionales de justicia les fallaran.

Desde 1999, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dictado cuatro sentencias sobre la República Dominicana, relativas a la impunidad por las desapariciones forzadas, la discriminación y el derecho a la nacionalidad.

ONU expresa preocupación por fallo dominicano sobre la Corte Interamericana de Derechos Humanos

07 de noviembre, 2014 — La Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos expresó hoy profunda preocupación por la reciente decisión de la Corte Constitucional de la República Dominicana que resolvió la inconstitucionalidad de la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Esa decisión, dijo la Oficina, podría poner en peligro la protección de los derechos humanos de los dominicanos y negarles el sistema de resguardo internacional concebido para complementar al sistema nacional.

sábado, 8 de noviembre de 2014

La CIDH condena la sentencia del Tribunal Constitucional

COMUNICADO DE PRENSA CIDH

6 de noviembre de 2014


Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena la sentencia TC/0256/14 del Tribunal Constitucional de República Dominicana emitida el 4 de noviembre de 2014, mediante la cual se declaró inconstitucional el instrumento de aceptación de competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), depositado en la Organización de los Estados Americanos (OEA) el 25 de marzo de 1999. La referida sentencia no encuentra sustento alguno en el derecho internacional, por lo cual no puede tener efectos.

Durante los más de 15 años en que ha estado en vigencia la aceptación de la competencia de la CorteIDH, República Dominicana ha actuado en las medidas provisionales y casos contenciosos sometidos a la CorteIDH por violaciones a la Convención Americana que ocurrieron o continuaron ocurriendo con posterioridad al 25 de marzo de 1999. La invocación por parte del Tribunal Constitucional de la excepción contenida en el artículo 46 de la Convención de Viena, conforme al cual una violación manifiesta a una norma interna de “importancia fundamental” puede ser alegada como un vicio del consentimiento, resulta abiertamente incompatible con el derecho de los tratados, particularmente con los principios de buena fe y estoppel. En virtud del principio del estoppel, un Estado que ha adoptado una determinada posición, la cual produce efectos jurídicos, no puede luego asumir otra conducta que sea contradictoria con la primera y que cambie el estado de cosas en base al cual se guió la otra parte.

Sicarios al servicio del narco eran gatillo alegres de la Policía Nacional


Fuente: Hoy.com.do

La mayoría de los sicarios al servicio de los narcotraficantes eran policías que salieron de la institución del orden, pero que en el ejercicio de sus antiguas funciones se dedicaban a matar, afirmó el Procurador General de la República, Francisco Domínguez Brito, al advertir sobre la peligrosidad de los excesos policiales.

“La gente dice a los ladrones hay que matarlos, pero nadie quiere tomar una pistola para salir a matarlos, ni siquiera lo hacen los jefes policiales, sino que envían a eso a dos o tres personas que los van haciendo monstruos, totalmente pervertidos y que al final terminan en los grupos delictivos.

“Al final terminan como sicarios de los carteles, al final, todos esos equipos que matan terminan pervertidos mentalmente y salen a matar por razones de sicariato, y también roban y matan, no tienen respeto por la vida, y eso lo que genera es más violencia”, refirió Domínguez Brito.

¿Ruptura con la Corte Interamericana de Derechos Humanos?



Por Roberto Álvarez - Acento.com.do

En la “Corte” de la opinión pública dominicana parecería que el rechazo a la reciente sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CteIDH) prevalece. Ésta es una de las falencias del Sistema Interamericano de derechos humanos: no ha encontrado una fórmula apropiada para promover en los Estados partes un mejor conocimiento sobre su operatividad e importancia y ganar de su parte, por lo menos, una parte significativa de la opinión pública. El apego a derecho no es suficiente. En este sentido, el Sistema se encuentra en una encrucijada.

Desde ya quiero dejar establecido que considero la sentencia vinculante para el Estado dominicano y que el gobierno debe buscar una fórmula para cumplir con ésta. Concuerdo con aquellos abogados (Jorge Prats, Perdomo) que han afirmado que para ello no es necesario modificar la Constitución.

jueves, 6 de noviembre de 2014

En el dia de la Constitución la CNDH pide la renuncia de los magistrados del Tribunal Constitucional



Sin dudas puede definirse una sentencia histórica. Sobrepasando también el desastre a nivel de imagen internacional originado por la sentencia 168-13, la más reciente sentencia n. 256-14 del Tribunal Constitucional, que declara inconstitucional el instrumento de aceptación de la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, nos pone simultáneamente de espaldas a la misma Constitución dominicana y al Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, negando a “todos los dominicanos la posibilidad de tener acceso a la justicia internacional para la protección de sus derechos fundamentales" como ha declarado en el día de hoy  Kerry Kennedy, Presidenta del Centro Robert F. Kennedy.
El acto impugnado, firmado el 19 de febrero de 1999 por el ex presidente de la República Dominicana Leonel Fernández, es el siguiente El Gobierno de la República Dominicana por medio del presente instrumento, declara que reconoce como obligatoria de pleno derecho y sin convención especial la competencia de la Corte IDH sobre todos los casos relativos a la interpretación o aplicación de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos, del 22 de noviembre de 1969”.