Comité de Familiares de
Víctimas de Ejecuciones Extrajudiciales y Desapariciones Forzadas - CNDH-RD
30 de
agosto Día Internacional de las Victimas de Desapariciones
Forzadas
El 21 de diciembre de
2010 la Asamblea General de las Naciones Unidas ha declarado el 30 de agosto Día Internacional de las Victimas de
Desapariciones Forzadas. La
desaparición forzada de personas es
considerada como un crimen de lesa
humanidad por la Organización de los Estados Americanos (OEA) y por las
Naciones Unidas. Es, por lo tanto, imprescriptible y continuado, sin
posibilidad de indulto o amnistía.
Se entiende
por desaparición forzada “el arresto, la
detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de la libertad que
sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan
con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la
negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la
suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección
de la ley” (artículo 2 de la Convención Internacional para la Protección de
Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, aprobada en 2006).
Esa práctica
era usada en nuestra región como instrumento de represión política en la
llamada “guerra contrainsurgente” por la eliminación física de militantes y de
opositores a los regímenes dictatoriales. Los desaparecidos eran activistas
sociales, líderes comunitarios, sindicalistas, políticos y estudiantes.
A los militares
latinoamericanos, cómplices de las dictaduras, la práctica de la desaparición
forzada les pareció el crimen perfecto: sin aparente derramamiento de sangre,
sin verdugos y, sobre todo, sin culpables porque de hecho no existía tampoco la
víctima.
En cárceles
clandestinas, en lugares de detención legales e ilegales, en casas privadas,
los desaparecidos perdían su identidad de seres humanos, de ciudadanos, de
personas, para ser solamente un cuerpo en manos de las ferocidades más atroces.
La muerte bajo tortura o por eliminación directa, frecuentemente, era la
conclusión del periodo de desaparición forzada.
En este
escenario reinaba la impunidad: no
existía el verdugo porque no había una víctima.
Lamentablemente
aún sigue perpetrándose en América Latina y en otras regiones del mundo.
En 2006
la Asamblea General de las Naciones Unidas ha adoptado la Convención para la Protección de Todas las
Personas de las Desapariciones Forzadas. Firmada en París, Francia, el 6 de
febrero de 2007, ésta se logró después de 25 años de luchas llevadas por
asociaciones internacionales para la defensa de los derechos humanos y por las
asociaciones de los familiares de los desaparecidos. La Convención estipula precisas disposiciones a las que
deben atenerse los Estados y ratifica formalmente dos nuevos derechos humanos:
el derecho de cada persona a no ser desaparecido y el derecho a la verdad para
las víctimas de las desapariciones forzadas.
La Convención ha cobrado
definitivamente vigencia el 23 de
diciembre de 2010, después de la vigésima ratificación.
Por otro lado, la Organización de los Estados Americanos ha
adoptado en 1994 la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de
Personas. Tanto la Convención de la OEA cuanto la de las Naciones Unidas representan los dos instrumentos
internacionales que condenan este crimen de Estado. El
Estado dominicano a la fecha no ha firmado ni ratificado ninguna de las dos
convenciones sobre las desapariciones forzadas.
¿Las desapariciones forzadas
pueden considerarse un triste recuerdo del pasado? Louise Arbour, Alto
Comisionado de la ONU por los Derechos Humanos, en un artículo escrito a la
vigilia de la firma de la Convención en París en 2007, recordaba cómo,
“solamente en 2006, el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o
Involuntarias de la ONU, recibió más de 300 nuevos casos provenientes de 12
países alrededor del mundo. Y esto es sólo la punta del iceberg, dado que
muchos casos no llegan a ser presentados ante el Grupo de Trabajo”.
La lucha contra la impunidad, pilar
fundamental de un estado de derecho, no puede más que ir a la par con la lucha
contra las desapariciones forzadas, que es una de las violaciones de los
derechos humanos más graves, ya que tiene efectos destructivos sobre la
víctima, sobre sus familiares y en gran medida también sobre el cuerpo social
al que pertenecen, disgregando como último pasaje también la cohesión del
tejido social del país.
En nuestro país la desaparición
forzada, aunque no haya registrado tantos casos como por ejemplo en otros países
de América latina y Caribe cuales por ejemplo México y Colombia, se ha
configurado en años anteriores como un instrumento de represión política por la eliminación física de militantes y de
opositores tanto del régimen dictatorial de Leónidas Trujillo, cuanto del
gobierno autoritario y represivo de Joaquín Balaguer, con la falsa transición a
la “democracia”. En ambos casos los desaparecidos eran activistas sociales,
líderes comunitarios, sindicalistas, políticos y estudiantes.
Sucesivamente, ya en “democracia”,
algunos organismos de seguridad del Estado
han seguido con esa práctica: por la mayoría han sido casos de jóvenes y
activistas sociales desaparecidos en un
contexto sumamente grave de violencia policial por parte de la Policía
Nacional, institución fundada por
Trujillo en el año 1936.
Recordamos entre todos, los casos
del periodista y abogado Guido Gil
desaparecido en 1967, del líder popular Henry
Segarra, desaparecido en 1969 y del líder sindical desaparecido en 1950, Mauricio Báez. Más recientemente el de Narciso González “Narcisazo”
desaparecido en 1994 (el Estado ha sido
condenado por este caso por la Corte Interamericana de los Derechos Humanos en
el 2012), el del joven dominico-haitiano
Gabriel Sandy Alistar desaparecido
en 2004, el de Juan
Almonte, militante y defensor de derechos humanos desaparecido en 2009, el
controvertido caso de Alfonso Santana en 2012,
el del joven fotógrafo Juan
Alfredo Díaz Lora, desaparecido de Herrera en el 2012 y el más reciente, el de Randy Vizcaíno, desaparecido desde el mes de diciembre de 2013
después de haber sido detenido y llevado en un cuartel de policía. Por todos ellos hay fuertes evidencias de
que se trata de desapariciones forzadas.
Comisión Nacional de los
Derechos Humanos (CNDH)
Comité de Familiares de Víctimas
de Ejecuciones Extrajudiciales y Desapariciones Forzadas
Santo Domingo, 30 de agosto de
2014
Pagina web: desaparecidosrd.org
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