Lucha por Loma Miranda Parque Nacional

miércoles, 16 de octubre de 2013

RESOLUCIONES GENERALES

1er Congreso Nacional de Derechos Humanos

RESOLUCIÓN ESPECIAL

En reconocimiento a sus Méritos académicos y científicos; políticos y humanistas; y de su condición de luchador incansable por las libertades públicas, los derechos democráticos, el bienestar general y la soberanía del pueblo dominicano, y los de otros países;

En atención a que  fuera uno de los más distinguidos Presidentes de la antigua Unión Dominicana de los Derechos Humanos, UDDHU;

 El Primer Congreso Nacional de los Derechos Humanos, adopta la Resolución Especial siguiente:

1ro.- Dedicar sus trabajos a la Memoria y en Homenaje al Dr. Guarocuya  Batista del Villar;

2do.- Inscribir todos los acuerdos adoptados como Resoluciones del Primer Congreso “Dr. Guarocuya Batista del Villar”  de  los Derechos Humanos;

3ro.- Instituir el Galardón Dr. Guarocuya Batista del Villar, para premiar cada año a un profesional de la medicina, que en su ejercicio muestre una vocación social de servicio al pueblo, de patriotismo y empeño en promover el desarrollo de la  ciencia.  Entregar este Galardón el 10 de diciembre de cada año, en ocasión de la conmemoración del Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Primer Congreso Nacional  de los Derechos Humanos

Dado en Santo Domingo de Guzmán; República Dominicana, el día 13 de octubre del año 2013.


RESOLUCIÓN

Rechazamos la Corrupción y la Impunidad y llamamos al Gobierno a Castigarla
El Primer Congreso Nacional de los Derechos Humanos considera que la Corrupción y la Impunidad constituyen una pareja inseparable,  que ha hecho daños al desarrollo dominicano y ha provocado afecciones al proceso democrático y a la moral colectiva.

Ha dañado el desarrollo, porque miles de millones de pesos han ido a parar a cuentas particulares de funcionarios públicos y privados o testaferros de estos, cuando debieron ser dedicados a combatir la pobreza, financiar la educación, la salud, la producción nacional, especialmente a las PYMES.

Ha afectado el proceso democrático, porque ha desacreditado las instituciones públicas, que al no administrar bien los recursos del pueblo y no castigar debidamente a los que se han apropiado de parte de los mismos, se han ganado la desconfianza de la ciudadanía; y no puede concebirse la democracia sin instituciones públicas creíbles, eficientes y eficaces.

Ha lacerado de manera sensible la moral colectiva, porque cuando no se castiga de manera ejemplar a los corruptos, se está enviando a la sociedad el mal mensaje de que se puede hacer riqueza mal habida, sin el temor de ser castigado, abriendo así las compuertas para las malas artes en el manejo de los recursos públicos y  privados.

En base a estas consideraciones, el Primer Congreso Nacional de los Derechos Humanos, aprueba las Resoluciones siguientes:

1.-Presentar ante el Presidente de la República un listado de hechos cometidos por funcionarios públicos de anteriores gestiones pasibles de ser sancionados de manera ejemplar por la Justicia, y que por tanto deben ser investigados por el Ministerio Público;
2.-Entregar esta documentación en el Foro sobre la Corrupción que organiza la Organización de las Naciones Unidas, ONU, y que se celebrará en la ciudad de Panamá, en Panamá; en el mes de noviembre del corriente año;
3.-Diligenciar la constitución de un Equipo Multidiciplinario de Alta Calificación Técnica y Moral, e independiente del Estado y los Partidos Políticos, para que audite obras públicas en varios municipios que han sido señaladas por el rumor público de haber sido sobrevaloradas, a fin de que se confirme o no la veracidad del mismo, y se pueda proceder en consecuencia;
4.-Apoyar los Tribunales Populares que por iniciativa de ciudadanos y ciudadanas se organizan en municipios y barrios para conocer y juzgar los actos de corrupción en los fondos públicos que sean detectados;
5.-Aportar ideas y pruebas para la presentación de un Proyecto de Ley ante el Congreso Nacional para la Recuperación de los Bienes Públicos en Manos de Particulares.

Dado en Santo Domingo de Guzmán, República Dominicana; el 13 de octubre del año 2013.


RESOLUCIÓN ESPECIAL

Correspondiendo al clamor creciente de hombres y mujeres defensores de las libertades públicas y promotores de la solidaridad humana;  que en todas partes del planeta reclaman la inmediata puesta en libertad de los Cinco Héroes Cubanos, presos en cárceles norteamericanas;


Reconociendo que estos Cinco Héroes dieron sobradas muestras de humanismo y de defensa incondicional al derecho a la vida de millones de personas al combatir de manera resuelta al terrorismo;

El Primer Congreso Nacional de los Derechos Humanos, adopta la Resolución Especial siguiente:

1ro.- Reconocer a  Antonio Guerrero Rodríguez, Fernando González LlortGerardo Hernández Nordelo, Ramón Labañino SalazarRené González Sehwerert,  como defensores ejemplares de los derechos humanos;
2do. Solicitar de manera formal mediante carta dirigida al presidente de los Estados Unidos de Norteamérica, señor Barack Obama, que disponga de sus facultades constitucionales y otorgue una Amnistía que ponga en libertad a esos cinco héroes, antiterroristas;
3ro. Honrar a esos Cinco Héroes, con la entrega del Galardón de Defensores de los Derechos Humanos, en el grado “Fray Antón de Montesinos”; en un acto especial que deberá llevarse a cabo el próximo 10 de diciembre, para el cual se invitará a sus familiares o relacionados, si es que a la fecha todavía guardan prisión y no pudieran recibirlos personalmente.
  
RESOLUCIÓN ESPECIAL

Exigimos un aumento general de salarios para el sector público que incluya a todos sus servidores, técnicos, profesionales, personal de apoyo, militares y policías.

El Primer Congreso Nacional de los Derechos Humanos considera que los salarios que devengan los trabajadores del sector público y privado no alcanza para dar respuestas a los requerimientos de una familia de cuatro personas, lo que devenga un trabajador no alcanza ni para comer adecuadamente una vez al día, a esto hay que agregarle los servicios de transporte, energía eléctrica, salud, educación, vestimenta, entre otros requerimientos.

A pesar de la carga impositiva que se ha depositado en los hombros de los sectores de menos ingresos, con la cual el gobierno ha recaudado miles de millones de pesos, los cuales han ido a parar al pago de la deuda externa que no se sabe en que se invirtió, al pago a los suplidores de energía eléctrica, que todos conocemos como una de las mafias más grandes existentes en el país y al subsidio de los combustibles a empresas multinacionales y de empresarios dominicanos.

Esta situación ha  agravado la vida de millones de dominicanos, que ven disminuir sus condiciones de vida, mientras un grupito se ceba de las riquezas nacionales a costa de las penurias y vicisitudes de las grandes mayorías, exhibiendo grandes ganancias, que van a parar a sus arcas personales.

En base a estas consideraciones, el Primer Congreso Nacional de los Derechos Humanos, aprueba las Resolución siguiente:

1.- Exigir del poder ejecutivo la declaratoria de un aumento general de salarios de un 50% que abarque a todos los trabajadores de la administración pública, incluyendo a militares y policías.
2.- Hacer causa común con los diferentes sectores organizados de la administración pública, hasta conseguir el anhelado aumento general de salarios para todos los empleados públicos.

RESOLUCIÓN ESPECIAL

Loma Miranda Parque Nacional

Correspondiendo al sentir creciente de hombres y mujeres defensores de los Recursos Naturales y el Medio Ambiente;  que en todo el país y muy puntualmente en las provincias de Monseñor Nouel y La Vega, reclaman protección de Loma Miranda, con la designación como área protegida.

Reconociendo la voluntad y decisión de los dominicanos de defender su patrimonio ambiental y las riquezas nacionales del saqueo de las multinacionales y los cómplices locales que por beneficios personales han enajenado el patrimonio público.

El Primer Congreso Nacional de los Derechos Humanos, adopta la Resolución Especial siguiente:

1ro.- Respaldar la declaratoria de Loma Miranda como área protegida, pasando a formar parte del Sistema Nacional de Areas Protegidas, que según la Constitución estas constituyen bienes patrimoniales de la Nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles.
2do. Solicitar de manera formal mediante carta dirigida al presidente del Senado de la República su aprobación como Parque Nacional.


RESOLUCIÓN ESPECIAL

Resolución sobre “El Derecho a la Vivienda Adecuada y Cero Desalojo en 
República Dominicana”

Vistas, la Declaración de Los Derechos Humanos de la ONU en su Artículo 25 establece el Derecho a la Vivienda Adecuada, el artículo 11.1 del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, ambos ratificados por el Estado Dominicano.

Vitas las Observaciones IV y VII del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU que especifican lo que se considera por Vivienda Adecuada y tipifica los desalojos forzosos como una violación de derechos humanos.

Vita la Constitución de la República Dominicana en sus articulo No. 59 que establece el Derecho a la Vivienda Digna para todos los dominicanos y dominicanas y el compromiso del Estado a garantizar ese derecho; el artículo 51 que establece la función social de la propiedad, ampliando el concepto considerando como propiedad la comunal, cooperativa e incluso la de ocupación.

Vistos los artículos del 250-252 de la iniciativa del Congreso Nacional de modificación del Código Penal que de ser aprobado se estima entre un 50 a un 75% de familias, solo en la Provincia Santo Domingo y el Distrito Nacional quedarían en estado de criminalización al no poseer títulos del suelo.

Considerando, que en República Dominicana, existe una población estimada en algunos estudios en más de un 50% de sus habitantes las cuales han construido sus viviendas en terrenos reclamada su propiedad por sectores privados o el propio Estado.

Considerando que la constante práctica de los desalojos forzosos de comunidades establecidas por muchos años el país es el indicador más importante de Violación al Derecho Humano a la Vivienda Adecuada en la República Dominicana, el Primer Congreso de los Derechos Humanos,

Resolución No. 1. Llamar al Estado Dominicano a respetar y hacer respetar el Derecho Humano a la Vivienda Adecuada, declarando de alta prioridad la creación de un Fondo Nacional para la titulación de las familias de bajos ingresos que han construido sus viviendas en terrenos reclamados por sectores privados o por el Estado.
Resolución No. 2. Reclamar del Estado no promulgar la reforma del Código Penal y sus artículos del 250-252, y suspender los desalojos forzosos de las familias establecidas en comunidades rurales y barrios urbanos mientras se toman las iniciativas que permitan la titulación.
Resolución No. 3. Demandar del Estado facilitar el financiamiento a las familias organizadas en cooperativas y organizaciones comunales para adquirir el suelo, mejorar o construir sus viviendas.
Resolución No. 4. El Primer Congreso de los Derechos Humanos solicita a la CNDH abrir una Oficina de asesoría permanente a las comunidades y organizaciones que reclaman “Derecho a la Vivienda Adecuada y Cero Desalojos.”

RESOLUCION

Por un San Pedro de Macorís Libre de Contaminación

El Primer Congreso Nacional de los Derechos Humanos hace suya la preocupación y las protestas que  organizaciones sociales, comunitarias, así como profesionales y personalidades de la provincia de San Pedro de Macorís, han venido externando por diversos medios, respecto a la carga de contaminantes que muchas empresas han venido creando durante muchos años, lo que ha afectado a la salud y al medioambiente.

Unas ocho (8) empresas, dedicadas a actividades productivas distintas, depositan sustancias que dañan a la salud humana y al medioambiente en el aire, en ríos y terrenos, haciendo de la provincia de San Pedro de Macorís un lugar cada vez más inhóspito.

Ya la carga de contaminantes es insoportable, y se prevé un aumento extraordinario de la misma cuando la empresa de Cemento Panam, localizada en la comunidad de Gautier en el Municipio de Los Llanos, comience a operar una segunda fase de su desarrollo previsto.

Esta Cementera Panam, es propiedad del grupo Acero Estrella, el mismo que quiso instalarse en Los Haitises y fue impedido por la lucha nacional que opuso resistencia al daño que haría a esa localidad y al país.

Hoy, con la benevolencia del Poder del Estado, se ha instalado en un área de donde se abastece de agua potable a una subregión que comprende desde San Pedro de Macorís hasta el Municipio Santo Domingo Este, y donde están localizadas empresas vinculadas al turismo, en las que cientos de familias se ganan la vida.

Informes confiables dan cuenta de que Cemento Panam se aboca a instalar un horno más potente para la producción, el cual por si solo contaminaría más que todas las empresas ya instaladas.

En atención a esta problemática sentida por el pueblo de la provincia de San Pedro de Macorís, el Primer Congreso Nacional de los Derechos Humanos, adopta las resoluciones siguientes:

1ro.- Respaldar a la Unión de Juntas de Vecino,  en su lucha por lograr un “San Pedro de Macorís libre de Contaminación”;
2do.- Encargar a la Junta Directiva de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a dirigirse de manera formal por ante los gobiernos municipales de la provincia, para reclamarle hacer uso de sus atribuciones legales y políticas, y pongan fin a la contaminación que provocan las señalas empresas, que afecta a la vida de las personas y al medioambiente;
3ro.- Encargar a la Junta Directiva a que siga acompañando a los activistas sociales de la comunidad de Gautier que se han opuesto a que la Cementera Panam siga dañando el medioambiente de su entorno; al tiempo que le encomienda desarrollar iniciativas que contribuyan a educar a la población sobre el daño y el peligro que constituye la actividad de esa empresa en el lugar en que se ha instalado.


RESOLUCION

 CONSIDERANDO: Que el Tribunal Superior Electoral es un órgano de carácter constitucional, creado por la Constitución de la República Dominicana proclamada el 26 de enero del año 2010, mediante sus artículos 214 y 215, cuya competencia fundamental es juzgar y decidir con carácter definitivo sobre los asuntos contenciosos  electorales y estatuir sobre los diferendos que surjan a lo interno de los partidos, agrupaciones,  movimientos políticos o entre estos;
CONSIDERANDO: Que si bien la creación de este instrumento contencioso electoral constituye un elemento progresista en el proceso de desarrollo democrático del país, su conformación y posterior comportamiento de sus jueces, lo han convertido, en los hechos, en un elemento negador de su esencia y de los propósitos que han debido guiarlo;
CONSIDERANDO: Que nadie, en la República Dominicana, ignora que la designación de los jueces del referido tribunal fue producto de una inicua negociación entre dos dirigentes políticos, uno del partido de gobierno, el Dr. Leonel Fernández, entonces presidente de la República  y el otro el Ing. Miguel Octavio Vargas M. presidente del “opositor” PRD; lo que dio lugar a que los cinco jueces titulares sean cinco representantes de ambos dirigentes, en la proporción formal y explicita de cuatro del gobierno y uno del mal llamado opositor PRD ;
CONSIDERANDO: Que el Tribunal Superior Electoral, cuando los conflictos que ha manejado competen al PRD, ha revelado una manifiesta inclinación hacia los fines que favorecen a Vargas Maldonado, evidenciando complicidad para disminuir este partido, lo que a la larga haría prevalecer un partido único en la R.D., en desmedro de la costosa y precaria democracia lograda por el pueblo dominicano a fuerza de sudor y sangre.
CONSIDERANDO: Que esta conducta a la vez que socialmente mancilla la democracia, en lo particular violenta la garantía a los derechos fundamentales de los individuos, algunas de ellas consagradas en el Art. 69 de la Constitución de la Rep. Dom. tal  como son la garantía a  una justicia accesible y oportuna y al respeto a las normas del debido proceso,  la oportunidad de los individuos de ser juzgados conforme a  leyes preexistentes, con observación de las formalidades propias de cada juicio, por jueces independientes e imparciales y la observación de plazos razonables y no discriminatorios; garantías que, conforme a la carta magna de la nación, deberán ser aplicables a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas.

En consideración a todo lo antes expuesto, esta Comisión Nacional de Derechos Humanos, Resuelve:
PRIMERO: declarar, como en efecto declara que el Tribunal Superior Electoral de la Rep. Dom. Ha sido conformado, en cuanto a la designación de sus jueces, en violación a principios éticos de la convivencia política democrática y civilizada
SEGUNDO: Declarar, como en efecto declara, que el Tribunal Superior Electoral actúa de espalda al respeto de las garantías que deben servir de guía a toda jurisdicción independiente e imparcial así como con arbitrariedad manifiesta.
TERCERO: Condenar, la conducta seguida por ese tribunal, por ser violatoria en muchas de sus decisiones de los derechos humanos de los justiciables.

Dada en la ciudad de Santo Domingo a los diez y seis días del mes de octubre del año 2013.


RESOLUCIONES ESPECIALES

Numero de Sentencia 168-2013 de fecha 23  de Sept. de 2013

CONSIDERANDO:      Que con esta sentencia se dejan miles de dominicanos de ascendencia Haitiana sin Nacionalidad pasando hacer apátridas;

CONSIDERANDO: Que con esta sentencia se violan derechos fundamentales y Constitucionales a Dominicanos de ascendencia Haitiana y de otras Nacionalidades que han sido protegidos por todas las Constituciones del País, incluyendo la actual del 26 de Enero de 2010;

CONSIDERANDO: Que dicha sentencia rompe con la diversidad cultural del Pueblo Dominicano;

CONSIDERANDO: Que la sentencia del Tribunal Constitucional violenta aproximadamente diez articulados de la Constitución de 2010;

CONSIDERANDO: Que la sentencia indicada expresa todo el odio y la xenofobia que algunos sectores tienen contra el pueblo Haitiano;

CONSIDERANDO: Que con esta sentencia el Tribunal Constitucional hace un genocidio civil al dejar a miles y miles de Dominicanos de ascendencia Haitiana y de otras Nacionalidades;

CONSIDERANDO: Que la sentencia en cuestión esta viciada por la visión Balaguerista –Trujilllista respecto a los hermanos Haitianos;

CONSIDERANDO: Que con esta sentencia se afecta el Estado de Derecho y la eguridad Jurídica;

CONSIDERANDO: Que el Tribunal Constitucional con su injusta, inconveniente,  irracional e inadecuada interpretación toma a Nacionales como inmigrantes cambiándole por completo su status  de dominicanos;

CONSIDERANDO: Que el Tribunal Constitucional con su decisión eminentemente política trata de destruir el ideal de justicia social y choca con el sentimiento de hermandad que mayoritariamente sentimos los dominicanos hacia el Pueblo Haitiano.

En atención a estos considerandos el 1er Congreso Nacional por el disfrute pleno de los derechos resuelve lo siguiente:

PRIMERO: RECHAZAR como efecto rechaza la sentencia num. 168-2013 dictada en fecha 23 de Septiembre de 2013 dictada por el Tribunal Constitucional de la Republica Dominicana;

SEGUNDO: HACER UN LLAMADO al Estado Dominicano a fin de que se abstenga de ejecutar cualquier disposición que desfavorezca los derechos adquiridos  de los dominicanos de ascendencia Haitiana y cualquier otra Nacionalidad;

TERCERO: INVITAR al pueblo dominicano a expresar por cualquier medio posible su SOLIDARIDAD con las personas afectadas por esta sentencia y movilizarnos contra la misma.


Dada, en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana a los 13 días del mes Octubre de 2013.  

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