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miércoles, 24 de abril de 2013

CNDH PIDE AL SENADO DE REPÚBLICA ACOGER DEFENSOR DEL PUEBLO CONFORME AL PERFIL QUE ESTABLECE LA LEY

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Inc., saluda la disposición del Congreso Nacional de abocarse a la escogencia de la Defensoría del Pueblo, 12 años después de haber sido aprobada la Ley 19-01 que instituye el Defensor del Pueblo.
El Defensor del Pueblo deberá vigilar que los funcionarios públicos y los agentes que presten servicios públicos cumplan con las disposiciones de la Constitución y las leyes, así como el respeto de convenios, tratados y pactos internacionales que han sido ratificados por el Congreso Nacional.
Además, tendrá la gran responsabilidad de vigilar que el Estado propicie las condiciones para que los ciudadanos dominicanos disfruten a plenitud los derechos civiles y políticos, así como los económicos, sociales, culturales y ambientales.
Para que pueda cumplirse con este cometido, el Senado de la República está en el deber de escoger a personas que hayan tenido una práctica en su vida pública de defensa a estos derechos y un comportamiento solidario ante las violaciones a los mismos.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, rechaza la violación a la ley y a los procedimientos establecidos para la escogencia de los que formarán parte de esta instancia, a la vez que le hacemos un llamado al Senado de la República, para que escoja a quienes vayan a cumplir con defender los intereses del pueblo dominicano al margen de los intereses económicos y políticos.
Esta instancia, no puede ser una más de la repartición del poder por sectores políticos y económicos que ya controlan todas las instancias del Estado dominicano, para que pueda cumplir con los objetivos para los que ha sido instituido, debe escoger a personas sin compromisos políticos y sin compromisos con sectores económicos.
El Defensor del Pueblo vigilará el cumplimiento de la Constitución y las leyes por parte del Estado frente a los ciudadanos y ciudadanas, de manera más específica a los funcionarios públicos que dependen del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial en cuanto a la prestación del servicio público de justicia y a todas las entidades y empresas de carácter privado o mixto que ofrecen servicios públicos a la población.
Para cumplir con esta noble función la defensoría del pueblo, esta instancia deberá estar integrada por hombres y mujeres ajenas a estos poderes, que de por sí, están muy cuestionados en la sociedad dominicana.  

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